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El Ayuntamiento fija las ayudas sociales para compensar la plusvalía en casos de dación en pago

La información y asesoramiento para acogerse a estas ayudas se puede solicitar a la Oficina de atención a personas con dificultades de pago de alquiler y o hipoteca
El alcalde de Lleida, Àngel Ros, ha firmado el decreto que establece los criterios para la gestión de las ayudas económicas destinadas a la cobertura del pago del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana derivado de ejecuciones hipotecarias y daciones en pago de la vivienda habitual. Con esta medida, aprobada el pasado mes de mayo, el Ayuntamiento de Lleida se sitúa borde de las familias que se encuentran en situación de vulnerabilidad y les ofrece una solución, mientras el gobierno del Estado no modifique la Ley de Haciendas Locales que obliga los ayuntamientos a tramitar las liquidaciones del impuesto de la plusvalía.

Los requisitos para acogerse a las ayudas son:

Estar empadronados en Lleida en el momento de la solicitud y haber sido empadronados en la vivienda que origina la plusvalía en el momento de la pérdida del mismo por ejecución hipotecaria o dación en pago.

Que la plusvalía esté originada por una transmisión de vivienda *fruto de ejecución hipotecaria o de dación en pago, es decir, por aquellas entregas de la propiedad inmobiliaria que se realicen a las entidades financieras o sociedades mercantiles designadas por estas en pago de la deuda hipotecaria, y se encuentre pendiente de pago en el momento de la solicitud.

Que la vivienda fuera la habitual de la persona solicitante

Que ni la persona solicitante ni cualquier otro miembro de su unidad familiar sea titular de ninguna otra vivienda

La persona solicitante tiene que ser el sujeto pasivo del tributo

Según el número de miembros de la unidad de convivencia, el total de rentas anuales no podrá superar el límites siguientes:

1 persona........ 1,6 veces el salario mínimo interprofesional ( 14.457,72 € por el año 2013)

2 personas..... 2,3 veces el salario mínimo interprofesional ( 20.778,66 € por el año 2013)

3 personas o más .... 2,6 veces el salario mínimo interprofesional ( 22.585,50 € por el año 2013)

El importe de la ayuda se establecerá en función de las rentas de la unidad de convivencia ponderadas por el número de miembros de la misma, y será de un porcentaje del valor de la deuda total generada por la plusvalía.




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